OBLIGACIÓN DE EXPEDIR CARTA PORTE EN CUALQUIER TRASLADO DE MERCANCÍA VÍA TERRESTRE

16/3/2023

El día viernes 4 de Junio se publicó una regla que obliga a todos los tipos de contribuyentes que trasladen mercancías o activos emitan un CFDI. (Comprobante Fiscal Digital por Internet).

Conoce la información completa aquí.

Obligatorio emitir CFDI en transportación

Esto aplica a cualquier transportación vía terrestre, no lo limita a carreteras federales.Tampoco se limita a contribuyentes dedicados a la transportación, sino que se extiende a cualquier tipo de contribuyente.

Esto será OBLIGATORIO 120 días después de su publicación, aproximadamente a partir del mes de octubre. Por tanto,Si una empresa vende mercancías y las entrega al cliente, la factura electrónica (CFDI) de tipo ingreso, deberá incluir el complemento de Carta Porte.

Si una empresa solo traslada mercancías de otra empresa, deberá emitir el CFDI de tipo traslado, con el complemento de carta porte. Será necesario considerar en los procedimientos de cada empresa estos puntos al capacitar al personal responsable, para evitar multas y sobre todo decomisos de mercancía a partir de los plazos ya indicados.Verificar que el sistema de facturación electrónica utilizado cuente con esta facilidad y asegurar que el personal sepa utilizarlo.

CPC Antonio Rodriguez

Historia de un Emprendimiento

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