REP-ENTRA EN VIGOR 1 DE SEPTIEMBRE

1/2/2023

Con fecha del día 15 de agosto, el SAT publicó un comunicado “confirmando” que el Recibo Electrónico de Pagos (REP) entrará en vigor obligatoriamente el 1 de septiembre del 2018. (Para consultar el comunicado oficial da clic aquí). Esto aplicará tanto a PERSONAS MORALES y FÍSICAS.

Cambios en el recibo electrónico de pagos

En el siguiente cuadro les recordamos los cambios más importantes que traerá esto y algunas de nuestras sugerencias para implementar este cambio:

  1. Configurar esta funcionalidad en el sistema de facturación que opere (Consultar a su proveedor de sistemas)
  2. Definir quién será el responsable de la emisión del REP (Cobranza, Tesorería, Facturación)
  3. Solicitar a sus clientes que identifiquen los pagos que le realizan con el folio de facturación, para que en el estado de cuenta bancario pueda identificarse más fácilmente
  4. Realizar conciliación bancaria diariamente, para emitir a más tardar el día siguiente el REP
  5. Definir quién estará recabando los REP de los pagos que realice
  6. CAPACITA a tu equipo de trabajo en la emisión y uso del REP
  7. El Recibo Electrónico de Pago (REP) informará a la autoridad el FLUJO DE EFECTIVO del negocio.  
  8. El IVA es un impuesto que se genera de esta manera, lo que facilitará su visualización para la autoridad.   Las empresas ocuparán el REP para poder acreditar el IVA que paguen. Recuerda que en nuestro BLOG www.hobetus.com/mejorando podrás encontrar una guía completa referente al CFDI 3.3 Nos mantenemos atentos a atender cualquier duda referente a este nuevo esquema.  

CPC Antonio Rodríguez, MBA, MEF Socio Director Hobetus SC

Historia de un Emprendimiento

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