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Las últimas dos décadas han sido de un notorio avance en herramientas tecnológicas que se han ido implementando en nuestro diario vivir, más aún en el sector económico y empresarial. La emergencia COVID-19 está acelerando la incursión digital en todos los procesos de las empresas y de la vida cotidiana, al reducirse el contacto físico y traslados.
Boletín AMEXIPAC: Plataformas Tecnológicas
La Revolución Digital 4.0 se está haciendo presente cada vez con mayor fuerza. En una economía formal un engrane de mucha relevancia en el progreso es el sistema fiscal. Entre muchas entidades de Administración Tributaria a nivel mundial, el SAT se había venido comportando como un líder en temas de tecnología, con la implementación de: firma electrónica, facturación electrónica, auditoria electrónica, contabilidad electrónica y buzón tributario.
Estos 5 pilares le han permitido a la autoridad fiscal tener mayor observancia del comportamiento económico de sus contribuyentes y su capacidad de contribución. La crisis iniciada en marzo provocó una serie de restricciones de atención de citas en el SAT para atender algunos trámites indispensables para que los contribuyentes pudieran seguir operando, destaca la renovación de la e-firma, que permite acceder a otros trámites en línea como son avisos de cambios de domicilio y generación de sellos digitales para facturar, la inscripción de nuevas personas morales y la presentación de avisos para liquidación.
La escasez de atención al contribuyente provocó que muchos de ellos se les complicara aún más la situación económica, no pudiendo facturar ni cobrar ventas ya pactadas.En momentos así es cuando se deben ver las oportunidades que “grita” la situación actual. El SAT cuenta con los elementos tecnológicos y capacidad de personal necesaria para transformar sus procesos de atención para que no fueran presenciales.
La conjunción de toda la información de contribuyentes que ya se tiene, incluyendo biométricos, concede la oportunidad para hacer “reingeniería” en fines de la simplificación, agilizar trámites y apoyar a los contribuyentes.
Si lo anterior se aúna con herramientas de: videollamadas, digitalización de documentos, verificación con bases de datos, escanear para confirmar biométricos, etc., el resultado puede ser de mucho beneficio para autoridad y contribuyentes.
Con este enfoque se debe ampliar el uso de la tecnología, que no sea utilizada solo para fines de recaudación, sino también para facilitar la actividad económica de los contribuyentes y que esté al servicio de la sociedad. A medida que se simplifiquen los procesos y se eviten restricciones, la economía será más ágil y la recaudación será mayor, todos ganamos en un escenario así.
Antonio Rodriguez, ICPNL
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Faltaba solo un detalle formal de esta anunciada reforma fiscal-penal que tanto se ha comentado y ayer 9 de diciembre se cumplió al publicarse en el diario oficial de la federación.
Con esto se cumple el procedimiento formal de promulgación de leyes.
¿Qué hacer con la Reforma Fiscal?
Iniciaremos un año 2020 lleno de retos en el mundo empresarial, como nunca se había visto en nuestro país. Lo anterior debido no solamente a los ajustes en el cumplimiento de impuestos, sino también por el entorno económico y de desarrollo en el que nos hemos desenvuelto.Tenemos la libertad de elegir la manera en que queremos iniciar el nuevo año: entre un panorama de problemas e incertidumbre y otro con retos y oportunidades para hacer de manera diferente nuestras actividades.
Sin duda, desde el mismo lenguaje moldeamos nuestra actitud de como afrontar lo nuevo. Estudiosos de la materia de desarrollo humano aseguran que el lenguaje y el pensamiento son un factor crítico para el desarrollo y resultado.
Ante un escenario inminente, los profesionales, emprendedores, empresarios, todos los que estamos involucrados en el ambiente de negocios, debemos empezar por esta sencilla y profunda práctica de observar nuestro lenguaje y pensamiento.
Esto, como un preámbulo a implementar acciones que nos ayudan a disminuir lo más posible los riesgos fiscales-operativos, por ejemplo:
1) Establecer procesos que evidencien fehacientemente la materialidad de cada transacción.
2) Crear procedimientos que validen la autenticidad y buen comportamiento fiscal de proveedores.
3) Documentar transacciones con partes relacionadas, nacionales y extranjeras, cuidando aspectos de pago de intereses y regalías, entre otros.
4) Observar la manera cabal de estructurar esquemas de compensación a empleados y trabajadores.
5) Propiciar un plan financiero que pronostique flujos de efectivo e impacto fiscal del mismo, para evitar atrasos en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
6) Sistematizar y automatizar la mayor cantidad de procesos transaccionales posibles, para encauzar el tiempo en actividades de análisis y supervisión.
7) Capacitar constantemente a equipos relacionados con las emisiones y cancelaciones de facturas electrónicas, recibos electrónicos de pago y nóminas, para plasmar de manara correcta en los “CFDI” lo de cada transacción y con esto evitar molestias por “discrepancias”.
8) Revisar periódicamente estatus de localización ante el SAT y verificar medios de contacto definidos en el buzón tributario.
9) Implementar un plan patrimonial que proteja los activos de los accionistas y que vaya alineado al objetivo familiar.
10) Mantener la asesoría permanente de expertos fiscales, legales y seguir indicaciones.
11) Actualizar competencias técnicas de contadores de empresas en el ICPNL.
12) Acudir a medios de defensa cuando sea necesario. Sin duda la mayoría de los actores de negocios no estamos de acuerdo con lo propuesto en estos cambios fiscales, porque principalmente desincentivan la inversión, no propician el desarrollo y fomentan una serie de posibles arbitrariedades de la autoridad fiscal, aceptemos que ya son parte de nuestra realidad.
Para cerrar con el mismo tono constructivo con el que iniciamos la columna, concluyo con una frase de estrategia deportiva: “si el juego del rival es la fuerza, lo venceremos con técnica, estrategia, atención y actitud”.
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Compartimos documento emitido por el SAT con preguntas frecuentes referentes al Decreto de Estímulos Fiscales en Frontera Norte y Sur 2021
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Seguramente algo que incomoda a muchos de nuestros amigos empresarios son estas palabras: “El importe de los impuestos en el mes, es de $ …..” más, cuando esta cifra es importante y no se cuenta con el respaldo suficiente para cubrirlo.
Hasta éste momento se tiene que analizar que originó el incremento de los impuestos, esto pudiera derivarse de una cobranza superior en relación a meses anteriores, un incremento en ventas del mes, pago de servicios en los que se tienen retenciones de impuestos, etc.
Por tal motivo en esta edición de MEJORANDO nos hemos planteado insistir con el Proyecto de Pre-Cierre Fiscal para las Empresas, el cual es una buena Herramienta para Administradores y Dueños de las empresas, que permitirá conocer la carga fiscal que resulte en el mes.
¿Qué se necesita?
Con datos sencillos que se pueden obtener de la administración de la empresa, como:
•Reporte de cobranza extrayéndolo desde su sistema.
•Reporte de Facturación del mes, que se puede generar sencillamente desde su sistema.
•Reporte de los pagos realizados en el mes, desglosando el IVA e incluyendo aquellos que tienen retención de impuestos.
¿Qué se obtiene?
Una idea cercana de cómo resultaría el pago de impuestos y con un tiempo para aplicar algunas decisiones que resultarán en un pago de impuestos más óptimo, apegado a la legalidad y de manera preventiva.
En Hobetus, estamos enfocados en la optimización de sus recursos, por ello se propone a sus clientes antes de concluir cada mes, realicemos este ejercicio.
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Con la reforma fiscal 2020 es muy importante que las empresas adquieran el HÁBITO de hacer un expediente permanente de sus proveedores. Conoce las opciones
Hábitos de negocios con proveedores
La intención es poder evidenciar, en caso de requerirse, que existe una relación real de negocios con los proveedores en caso de que alguno de ellos incumpla con sus obligaciones fiscales o que la autoridad los involucre en operaciones simuladas. Este expediente se sugiere que este compuesto de lo siguiente:
- Acta constitutiva (si es P.M.)
- Cédula fiscal
- Comprobante de domicilio
- Opinión de cumplimiento fiscal ante SAT (cada 2 o 3 meses), debe ser POSITIVA
- Contrato u órdenes de compraFotografías de establecimiento (de ser posible)
- Página web, teléfono
- Nombres de contactos y posición que ocupan, correos electrónicos
Adicionalmente, acostumbrarnos a tener una materialidad, por ejemplo:
- Entradas de almacén
- Órdenes de compra
- Documentos de entregables en el caso de servicios
- Bitácoras de servicio, etc.
En el caso de los contratos se requieren que sean con fecha cierta, es decir, firmados ante un Fedatario Público o con copia certificada. Este también es un nuevo hábito que se debe adquirir acorde al entorno fiscal y legal que estamos viviendo en México.
Cuando existe un cambio en el entorno tenemos la opción de adquirir nuevos hábitos para estar acorde a lo que se vive.
Estos 3 hábitos presentados, son necesarios en la actualidad:Expediente de Proveedores Evidencias de Materialidad Fecha cierta.
CPC Antonio Rodriguez, MBA, MEF
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¡¡Estamos ante un nuevo entorno!! Conocer las reglas del juego y jugar el juego es lo que nos convertirá en jugadores destacados.
Cultura financiera y fiscal
Algunos comentarios que me encuentro con clientes y amigos y que me motivan a escribir este tema son: “No me gusta escuchar y leer sobre temas de impuestos, son muy complicados”
“Mis amigos me sugieren que no declare todos mis ingresos, ellos así lo hicieron y no les pasó nada”
“Mis abuelos y papás no se preocupaban por los impuestos, solo se dedicaban a hacer negocios”
“No quiero pagar nada de impuestos, se los roban y no veo ningún beneficio”
Y comparto todas estas opiniones. Son ciertas. Sin embargo antes de permanecer con estas ideas reconozcamos lo siguiente:El entorno en que se desarrollan los negocios es muy diferente al de generaciones pasadas.
Nuestro patrimonio se genera con el dinero producto de nuestro esfuerzo y talento, y ese dinero es altamente observado por las autoridades.
La Constitución Mexicana nos obliga a contribuir con el gasto público, lo que nos coloca en una posición de gobernados.
La misma Constitución nos concede derechos y garantías como ciudadanos, que no hemos sabido ejercer como sociedad.
La ignorancia de la ley no te exime de no cumplirlaPor tanto, estamos jugando un juego (el de los negocios y el dinero) bajo unas reglas fiscales muy exigentes y que debemos conocerlas, para que al jugar nos convirtamos en jugadores destacados, y no correr riesgos en nuestro patrimonio.
Desde el año 2014, en México vivimos una NUEVA ERA de Comprobación Fiscal. Dejamos atrás la “ERA DE PAPEL” y entramos a la “ERA DIGITAL”.
Con este simple hecho, debemos adaptar nuestros hábitos financieros personales y de nuestra empresa a lo que el entorno exige.
Existen 4 jugadores clave para la fiscalización del SAT en México:
- El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o Factura Electrónica)
- La Contabilidad Electrónica.
- El Buzón Tributario.
- La Auditoría Electrónica.
El CFDI, en su versión 3.3, refuerza mucho su contenido con el uso de catálogos y la obligación de emitir un comprobante de recepción de pagos. En esta nueva versión, resuelve muchas problemáticas que el SAT encontraba para su tarea de fiscalizar.
Cada elemento del CFDI “comunica” algo al SAT. Es por eso, que el equipo responsable en mi empresa de emitir facturas, recibir cobros y realizar pagos a proveedores, este muy capacitado en este tema y el uso del sistema que lo apoya.Por consiguiente te dejamos con dos ligas para que puedas darle un vistazo a una breve explicación del entorno fiscal que nos obliga a prepararnos para cuidar nuestro patrimonio y el de nuestra empresa.Y todos los demás, como contribuyentes, debemos estar enterados del “engranaje” del SAT que desde Enero del año 2014 bautizamos como “el Big Brother Fiscal” para no correr riesgos innecesarios.
En una charla de 13 minutos explicamos este tema. Los invitamos a escucharla en nuestro canal de YouTube HOBETUS y ahí mismo le indicamos como descargar el material si es de su interés tenerlo.
Además tenemos disponible un curso detallado sobre el CFDI 3.3 que llamamos “CFDI 3.3. La MP de la fiscalización” que ayudará a capacitar al equipo de su empresa y a adquirir mayor conocimiento de esta herramienta.
El curso está disponible en YouTube.
C.P.C. MBA, MEF Antonio Rodríguez
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El día viernes 4 de Junio se publicó una regla que obliga a todos los tipos de contribuyentes que trasladen mercancías o activos emitan un CFDI. (Comprobante Fiscal Digital por Internet).
Conoce la información completa aquí.
Obligatorio emitir CFDI en transportación
Esto aplica a cualquier transportación vía terrestre, no lo limita a carreteras federales.Tampoco se limita a contribuyentes dedicados a la transportación, sino que se extiende a cualquier tipo de contribuyente.
Esto será OBLIGATORIO 120 días después de su publicación, aproximadamente a partir del mes de octubre. Por tanto,Si una empresa vende mercancías y las entrega al cliente, la factura electrónica (CFDI) de tipo ingreso, deberá incluir el complemento de Carta Porte.
Si una empresa solo traslada mercancías de otra empresa, deberá emitir el CFDI de tipo traslado, con el complemento de carta porte. Será necesario considerar en los procedimientos de cada empresa estos puntos al capacitar al personal responsable, para evitar multas y sobre todo decomisos de mercancía a partir de los plazos ya indicados.Verificar que el sistema de facturación electrónica utilizado cuente con esta facilidad y asegurar que el personal sepa utilizarlo.
CPC Antonio Rodriguez
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Al inicio del año 2020 nos dimos cuenta en la reforma fiscal de una nueva obligación de dar aviso al SAT de los socios o accionistas de cada empresa, poniendo como fecha limite el 30 de junio.
Aviso de presentación de documentos protocolizado
El articulo 27, Apartado B, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación establece esta obligación para todas las personas morales.
En un artículo transitorio de la Miscelánea Fiscal indica que esta obligación debe hacerse a más tardar el 30 de junio.
RESUMIENDO, este aviso consiste en presentar el documento protocolizado que contiene la tenencia accionarial de la empresa y en donde se indiquen los RFC con homoclave de los accionistas.Especificando cada caso en el que pudieran estar las empresas, el documento a anexar sería el siguiente:
Consecuencias de no presentar la documentación
- Multa por $3,490 hasta $10,410
- Suspensión de sellos digitales para emitir facturas
Esta segunda es la más delicada. Por lo que es importante realizar el aviso. No habrá estas sanciones si se realiza el aviso con posterioridad a dicha fecha, siempre y cuando se presente de manera espontánea, es decir, antes de que exista un requerimiento de la autoridad de por medio.
Esta obligación persistirá para cada vez que haya movimientos de capital: aumentos, reducciones o cambios de accionistas. Y se deberá informar a más tardar 30 días posteriores a la realización del acto. Lo que indica esta obligación es que el SAT tendrá ahora la información de los capitales de las sociedades del país, la información de quienes son los accionistas (personas físicas o morales, nacionales o extranjeros), además de que identificará el ISR asociado a las enajenaciones de acciones, que antes no se observaban.
En Hobetus, apoyaremos a nuestros clientes que se encuentran al corriente de los servicios contables, realizando este aviso sin costo alguno, como apoyo a la situación económica que estamos viviendo y considerando este tema como un factor crítico para la continuidad de las empresas.
Antonio Rodriguez
Socio DirectorHobetus SC
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En Hobetus estamos convencidos de que es a través de las empresas y negocios la manera en que se puede incrementar el nivel de la vida de la sociedad.
Cultura de negocios
Esto no solo por la derrama económica que se produce, sino también porque es el espacio donde más tiempo pasan las personas durante el día. Por lo tanto, a lo que llamamos TRABAJO, si la empresa comienza a darle un sentido de realización personal o un medio para desarrollar habilidades, conocimientos y experiencias, se logrará producir un cambio de alto impacto en la sociedad.
Por tanto, el Empresario y su equipo Directivo tienen un reto sumamente importante en sus manos.
Por lo que se debe conocer de Negocios, es decir: Aspectos fiscales, financieros, administrativos, de manejo de personal, entre otros.
Cualquier Empresario o Emprendedor debe de poseer conocimiento de: finanzas, impuestos, administración, entre otros, por el simple hecho de que maneja DINERO, sus decisiones implican dinero.
Entre mayor cultura de negocios se tenga entre el equipo Directivo, mayor son las probabilidades de éxito de la empresa. Buscar esta cultura en ocasiones es muy difícil por el lenguaje técnico en que se nos ofrece.
Lo que buscamos en NEGOCIOS SIN CORBATA es comunicar en un lenguaje simple, lo importante de temas de negocios: Incrementar la cultura fiscal y de negocios entre los empresarios y emprendedores.
A este proyecto, pronto se irán sumando nuevas iniciativas para apoyar este objetivo.
Les recordamos que contamos con un canal de youtube: Hobetus, donde se encuentran todas las cápsulas publicadas Así mismo a que nos sugieran temas que sean de su interés.
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Recientemente, en el mes de junio del año 2019, se ha decretado un nuevo tipo de incapacidad de trabajadores ante el IMSS, siendo hasta este mes de noviembre es cuando se observa su aplicabilidad en los sistemas de administración para el pago de IMSS en las empresas.
Incapacidades ante el IMSS
Este tipo de incapacidad es la relacionado con: Padres con hijos diagnosticados con Cáncer.
Consiste en lo siguiente:
- Padres o Madres trabajadores
- Con hijos hasta 16 años diagnosticados con esta enfermedad
- Cuando los niños o adolescentes requieran de descanso en su tratamiento
- El IMSS le otorgará un subsidio de hasta el 60% del sueldo
- Teniendo al menos 30 semanas cotizadas previas al diagnóstico del menor, o bien, 52 semanas cotizadas ininterrumpidas dentro de los 12 meses previos a la licencia
- Los periodos de vigencia de la incapacidad podrán ser desde 1 hasta 28 días
- Podrán expedirse las que sean necesarias durante un periodo máximo de 3 años, sin rebasar 364 días de incapacidad
Cuando esto suceda tendrá impacto en:
-Nómina-Expedientes del personal
-Pagos de Infonavit e IMSS
-Operaciones que realice el empleado
Por lo tanto, es muy importante cuidar que los empleados estén cotizando con los salarios base correctos; para que este cubierta esta contingencia.
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